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domingo, 21 de agosto de 2011

El 'peaje judicial' no rebaja la cifra de sentencias recurridas

CSIF               JUSTICIA INFORMA



El 13% de los fallos son apelados pese a que hay que pagar 30 o 50 euros

LAURA BLANCO / SEVILLA 21/08/2011

El proyecto de ley de agilización procesal, que prevé limitar las posibilidades de recurrir la decisión de un juez, ha despertado gran controversia, sobre todo entre los fiscales. La norma, que prevé ampliar también el secreto de sumario durante toda la fase de instrucción, se encuentra actualmente en trámite para su aprobación definitiva tras el visto bueno del Congreso. El objetivo es acabar con la lentitud de los procesos y desatascar el sistema. Para ello, en noviembre del 2009 ya se introdujeron algunas medidas, a través de una Ley Orgánica para implantar la nueva Oficina Judicial. Entonces se estableció el depósito para recurrir, que obliga a pagar entre 30 y 50 euros a priori para recurrir una sentencia. Sin embargo, el llamado por sus detractores peaje judicial, no parece haber desincentivado a los ciudadanos. Si en el 2009, el 13,4% de las sentencias dictadas en Andalucía fueron recurridas, el año pasado --ya con el previo pago en vigor-- lo fueron el 13,1%.

Los defensores de la limitación de los recursos esgrimen para ello las estadísticas de las sentencias que son corroboradas en segunda instancia. En Andalucía, el 74,16% de los recursos de apelación resueltos en 2010 confirmaron la primera decisión judicial. En el caso de los recursos de casación, que se presentan ante el Supremo, fueron desestimados el 86,62%, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El Proyecto de ley de medidas de agilización procesal fue aprobado por el Consejo de Ministros en marzo y en junio por la Comisión de Justicia del Congreso, que lo remitió en julio al Senado, Cámara que no admitió enmiendas. Prevé suprimir los recursos de apelación en los juicios verbales de reclamación de cantidad --que la crisis ha disparado-- cuando la cuantía pedida sea inferior a 6.000 euros. Además, tanto en la jurisdicción civil como en la contencioso-administrativa, se eleva de 150.000 a 800.000 euros la cuantía para recurrir ante el Supremo. Y las fianzas para recurrir oscilarán entre 90 y 600 euros.

Estas medidas han provocado un arduo debate entre los partidarios de agilizar la justicia y los defensores de la tutela judicial con las máximas garantías.

El problema es que el sistema garantista sigue saturando los juzgados y alargando los plazos. Así, en Andalucía, aunque la media entre el ingreso de un caso en un juzgado y la primera sentencia es de 3,5 meses (cuatro más si se recurre hasta que resuelve la segunda instancia judicial), esta duración varía mucho según la jurisdicción. Así, en la penal, se reduce a una media de mes y medio pero en la contencioso-administrativa supera el año y medio. La media en la jurisdicción civil es de 10,7 meses y en la social de 7,3 meses. En todos los casos, el tiempo se ha incrementado en el último año salvo en la contencioso-administrativa y en la penal que se mantiene igual. En la civil y social la duración media de los pleitos ha aumentado más de dos meses en cada una. No obstante, la media general se sitúa ligeramente por debajo de la estatal, situada en 4,1 meses en la primera instancia, 5,1 en la segunda y algo más de un año en el caso de los recursos que se presentan ante el Supremo.

Es el porcentaje de sentencias recurridas en apelación que son ratificadas en segunda instancia judicial

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