Aunque la mayoría de reformas introducidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil por la Ley 13/2009 tienen que ver con el incremento de funciones del secretario judicial, también destacan otras modificaciones,
como la nueva redacción del art. 152 de la Ley, que rompe la tradición en nuestro ordenamiento procesal de mantener el monopolio de las comunicaciones del órgano judicial a las partes en el personal al servicio de la Administración de Justicia, de modo que el procurador podrá intervenir en el diligenciamiento de comunicaciones actuando como agente comunicador.
como la nueva redacción del art. 152 de la Ley, que rompe la tradición en nuestro ordenamiento procesal de mantener el monopolio de las comunicaciones del órgano judicial a las partes en el personal al servicio de la Administración de Justicia, de modo que el procurador podrá intervenir en el diligenciamiento de comunicaciones actuando como agente comunicador.
Para facilitar la consulta de esta macrorreforma procesal se recogen en una tabla comparativa los textos de cada precepto, antes y después de la reforma, resaltando los contenidos que han sido objeto de modificación: enlace a la tabla comparativa.
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