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miércoles, 6 de marzo de 2013

CSI-F rechaza la propuesta de calendario laboral del ministerio de Justicia

CSIF      JUSTICIA      INFORMA

CSI-F rechaza la propuesta de calendario laboral del ministerio de Justicia


 
Es bastante peor que el inaceptable calendario de la Administración General del Estado y nos hace volver a la situación de hace 20 años en esta materia
El Ministerio de Justicia pretende aprobar una norma de calendario laboral y aprovecha para meter más cosas. Así, propone:
 
·      Incremento de la jornada laboral anual en 39 horas más pasando de 1625 a 1664 horas.
·      Incremento de una hora fija en la jornada diaria pasando de cinco horas y media a 6 horas y media. Esto deja una hora sólo de flexibilidad diaria.
·      Para los puestos específicos rige una jornada fija que impide cualquier flexibilidad.
·      Apertura de las oficinas los sábados.
·      Limita el disfrute de la media hora del café hasta las 12:30 horas.
·      Los días de asuntos se dejan en tres, no computan como de trabajo efectivo y no se pueden unir a vacaciones.
·      De los 22 días de vacaciones sólo 7 se podrán disfrutar individualmente.
·      La mitad de las vacaciones han de disfrutarse entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
·      Sólo permite un día adicional de asuntos como máximo cuando alguno o algunos de los festivos coincidan en sábado o domingo.
·      Las vacaciones y los días de permiso se podrán disfrutar sólo hasta el 15 de enero del año siguiente.
·      Elimina la media hora a la entrada o salida que no computaba como falta de puntualidad.
·      Devuelve a los Secretarios Judiciales competencias en materia de concesión de permisos y de control que desde el 96 quedaron en manos de la Administración.
·      Establece un sistema de control horario sólo para funcionarios (deja fuera a los Secretarios Judiciales) donde el descuento económico es automático.
·      Establece un horario muy poco flexible que no favorece la conciliación familiar y laboral.
 
De entre las cosas positivas (muy pocas):
 
·      Los días 24 y 31 de diciembre siguen estando las oficinas cerradas y se compensará con un día adicional cuando coincidan con sábado o domingo. El mismo trato debería darse a los festivos.
·      De los 22 días de vacaciones, 7 se podrán disfrutar individualmente. (son dos más que en AGE). Es insuficiente.
·      Establece medidas de flexibilidad horaria aun cuando deja varios supuestos sin cubrir que hemos incluido en nuestra propuesta.
 
A pesar de ello, CSIF ha rechazado este calendario laboral y ha exigido al Ministerio que presente otra propuesta para empezar a negociar.
En general la propuesta de CSIF se fundamenta en las siguientes consideraciones generales:
·      CSIFno renuncia a recuperar todos los derechos perdidos desde el año 2010 y, especialmente, en el caso que nos ocupa, los que se perdieron con la reforma de diciembre de la LOPJ. Así, CSIF exige al Ministerio que se inicien los trámites para recuperarlos sin más dilación. Entre ellos y además de las retribuciones perdidas, están los moscosos, canosos y días de vacaciones adicionales.
 
·      Mientras tanto CSIF exige que la normativa de funcionarios y Secretarios Judiciales ha de ser idéntica y que debe regularse de forma separada el calendario laboral (que ha de ser negociado anualmente), vacaciones y, en su caso, justificación de ausencias y control horario.
 
·      Que el horario laboral en la Administración de Justicia debe tener en cuenta las peculiaridades de nuestro trabajo y muy especialmente la especial dedicación que impone la expresión "necesidades del servicio" en cuestiones como registro general, suspensión de diligencias o guardias etc… En este sentido, abogamos también por un horario flexible que permita conciliar vida familiar y laboral pero también desde el convencimiento de que esa flexibilidad permite mejorar el servicio.
 
·      Que el régimen de vacaciones como los días de asuntos o aquéllos permisos de libre disposición afectan a la condición de cuerpos nacionales al estar unidos estrechamente con el cómputo de la jornada anual que es igual para todos. Así, lo que se acuerde en esta materia debería extenderse (como también debería hacerse con el régimen de las bajas cuando se negocie) a todos los ámbitos territoriales.
 
CSI·F PROPONE, entre las más de 100 propuestas que presentó en la mesa:
·      Jornada laboral anual de 1625 horas. La LOPJ sólo exige que la jornada laboral sea igual a AGE en cómputo semanal y eso lo cumplimos.
 
·      Que el calendario laboral recoja el número de días laborables y de festivos así como el número de horas a realizar cada mes como establece la ley.
 
·      Horariofijo diario: cinco horas y media a realizar entre las 8:30 y 14:30 horas.  Horario flexible: desde las 7:00 hasta las 9:00 y desde las 14:30 hasta 20:00.
 
·      Los sábados los juzgados deben permanecer cerrados. Así evitamos que, en un futuro, a alguien se le ocurra recuperar los turnos de trabajo en sábado.
 
·      Mantenimiento de los 30 minutos de cortesía a la entrada o salida y que la media hora del café no esté sometida a horario alguno.
·      En cuanto  a las vacaciones, que se puedan disfrutar los 22 días sueltos y que se puedan unir a los días de asuntos particulares o de libranza. Además, CSIF exige que las vacaciones se puedan disfrutar sin limitación temporal alguna. En todo caso, la denegación de las vacaciones habrá de ser excepcional, de forma motivada y por escrito.
 
·      En materia de días de asuntos particulares que los tres días computen como de trabajo efectivo. Además, CSIF propone el establecimiento de una bolsa de 55 horas compensables por el exceso que resulta de aplicar la jornada de 7 horas y media a los días laborables del año 2013. Estas horas podrán disfrutarse por bloques de 7 horas y media lo que supondría recuperar los 6 días de asuntos perdidos con la reforma de la LOPJ. Quedarían 10 horas que podrían distribuirse en forma de jornadas reducidas en fiestas locales y semana santa.  
 
·      Asimismo se solicitó que, sin perjuicio de recuperar en toda su extensión el derecho, se reconozcan los días adicionales de asuntos y de vacaciones consolidados por antigüedad conforme a la normativa anterior. 
 
·      Los días 24 y 31 de diciembre las oficinas deben permanecer cerradas y se compensará con un día adicional cuando coincidan en sábado o domingo. Lo mismo debe suceder con los festivos nacionales, locales y autonómicos cuando coincidan en sábado o domingo de forma que cada uno de ellos dé lugar a un día adicional.
 
·      En cuanto al proceso de solicitud de permisos y vacaciones CSIF solicitó que se establezca el silencio positivo de forma que si en el plazo de  72 horas en el caso de las vacaciones desde que se formule la petición, no hay respuesta, se dé por concedido. Asimismo, que los permisos no estén sometidos plazo alguno. En el caso de las vacaciones se deberían pedir con 7 días de antelación salvo razones de urgencia.En todo caso, la denegación habrá de ser por escrito y en el caso de las vacaciones la denegación sólo podrá ser excepcional, motivada y por escrito. Además, los días de permiso y las vacaciones se deben poder disfrutar hasta, al menos, el 31 de enero del año siguiente.
 
·      CSIFdejó claro que las decisiones en materia de condiciones de trabajo y, especialmente, en materia de permisos y licencias son competencia de la Administración (se citó jurisprudencia al respecto) y no de los Secretarios Judiciales.
 
·      En materia de justificación de ausencias y control horarioCSIF exigió que el régimen que se establezca sea igual para todos (Secretarios y resto de funcionarios).  No obstante, CSIF solicitó que la justificación de ausencia por causa de enfermedad no se modifique hasta que se negocie el tema de las bajas dentro de unos meses. De momento sigue rigiendo la LOPJ como hasta ahora. Respecto del resto de ausencias y del control horario CSIF manifestó que es competencia del Ministerio implantarlo pero que, en todo caso, debería acometerse una negociación separada que incluya la posibilidad de justificar la ausencia y recuperar, en su caso, ese tiempo, antes de proceder al descuento de haberes.
 
·      En materia de flexibilidades horarias CSIF aportó una media docena de supuestos a los que ya incluía la propuesta del Ministerio para atender cuestiones como partos de niños prematuros, atención a menores de 14 años, cuidado de familiar enfermo con la posibilidad de pedir una reducción de jornada del 50% durante un mes o del 100% durante quince días en casos de enfermedad grave que requiera asistencia, flexibilidades horarias que tengan en cuenta las peculiaridades del trabajo en el INTCF o la extensión de la lactancia al padre aun cuando la madre no esté trabajando en aplicación de sentencia europea.
 
ºSEGUIREMOS INFORMANDO »



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