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lunes, 25 de marzo de 2013

CONVOCATORIA BOLSA DE INTERINOS JUSTICIA ASTURIAS: BOLETIN OFICIAL

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PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS TODO EL MES DE ABRIL.



I. Principado de Asturias

AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Resolución de 18 de marzo de 2013, de la Consejería de Presidencia, por la que se convocan bolsas de trabajo para cubrir temporalmente plazas de los cuerpos nacionales de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias. [Cód. 2013-05474]
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AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Resolución de 18 de marzo de 2013, de la Consejería de Presidencia, por la que se convocan bolsas de trabajo para cubrir temporalmente plazas de los cuerpos nacionales de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

La Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, a su artículo 489, establece que, el Ministerio de Justicia o, en su caso, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que hayan recibido los traspasos de medios personales para el funcionamiento de la Administración de Justicia, podrán nombrar funcionarios interinos, por necesidades del servicio, cuando no sea posible, con la urgencia exigida por las circunstancias, la prestación por funcionario de carrera, de acuerdo con los criterios objetivos que se fijen en la Orden Ministerial o, en su caso, la disposición de la Comunidad Autónoma que haya recibido los traspasos de medios personales para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Mediante el Real Decreto 2003/2008, de 5 de diciembre, se traspasaron las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, entre las que se halla la gestión de personal temporal al servicio de la Administración de Justicia.

La Resolución de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Presidencia (BOPA de 10 de diciembre de 2012) estableció las Normas de gestión de las bolsas de trabajo y la selección, propuesta y nombramiento de los funcionarios interinos de los cuerpos nacionales de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias y en cuyo texto se fijan las pautas generales en relación con los supuestos en que procede el nombramiento y cese de funcionarios interinos al servicio de la Administración de Justicia, así como los requisitos que han de concurrir en los nombrados y sus derechos y deberes.

Con el fin de constituir las bolsas de trabajo para cubrir temporalmente plazas de los cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias, en aplicación la Resolución de 26 de noviembre de 2012 (BOPA de 10 de diciembre de 2012), y en base a su artículo 3 y disposición transitoria segunda,

RESUELVO

Convocar las mismas para todas aquellas personas interesadas que cumplan los requisitos que se establecen.

El ámbito de aplicación de esta convocatoria es el correspondiente al de los centros de destino cuya gestión realiza la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en relación con los siguientes cuerpos previstos en el artículo 475 de la Ley Orgánica del Poder Judicial:

a) Cuerpo de Médicos Forenses.

b) Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

c) Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

d) Cuerpo de Auxilio Judicial.

Con objeto de disponer de una relación de personas que deseen ingresar como funcionarios interinos en los puestos de trabajo de los Centros de Trabajo de la Administración de Justicia del Principado de Asturias, se constituirán bolsas de trabajo para cada uno de los cuerpos citados anteriormente.

El número de integrantes de las bolsas estará constituido, respectivamente, por un 40% de la plantilla de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, y un 100% del cuerpo de Médicos Forenses, más en un 5% de los puestos de cada lista para personas con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33% a la fecha de convocatoria.

Vigencia de las bolsas:

Las bolsas tendrán una vigencia de dos años, y en cualquier caso, hasta la constitución de una nueva bolsa.

Requisitos generales de los aspirantes a integrar las bolsas de trabajo:

Para formar parte de las bolsas, los aspirantes deben cumplir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos generales que se establecen en el siguiente apartado, requisitos que han de mantenerse durante el período de prestación de los servicios.

Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser españoles, mayores de edad sin haber alcanzado la edad de jubilación y estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.

b) No haber sido condenados por delito doloso, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.

c) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) No haber sido separado del servicio en virtud de procedimiento disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas ni estar suspendido para el ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido rehabilitado.

e) No estar incurso en causa de incompatibilidad de las señaladas en el artículo 498 de la LOPJ, teniéndose en cuenta a estos efectos lo señalado en los arts. 4 y 19 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en lo que respecta al cupo para personas con discapacidad y discapacidades.

f) No haber sido sancionado por falta disciplinaria muy grave en los dos últimos años.

g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los aspirantes que opten por el turno de minusvalía deberán aportar además, en el momento de presentar su solicitud, la certificación del reconocimiento de su grado de minusvalía de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

h) Haber superado, al menos, el primer ejercicio de las pruebas selectivas de alguna las tres últimas convocatorias a la entrada en vigor de la presente Resolución o, sucesivas que se convoquen, o acreditar una experiencia mínima de seis meses en el Cuerpo correspondiente de la bolsa a la que se opte.

El requisito previsto en el anterior apartado no será de aplicación a los solicitantes que, a la fecha de entrada en vigor de la misma, formasen parte de alguna de las dos últimas bolsas de trabajo aprobadas por la Gerencia Territorial del Ministerio para el Principado de Asturias.

Requisitos específicos de los aspirantes a integrar las bolsas de trabajo:

En función de la bolsa a la que se solicite el acceso los aspirantes, deberán poseer a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, la siguiente titulación:

a) Para el Cuerpo de Médicos Forenses: Título de Licenciatura en Medicina o Grado en medicina o el equivalente del Plan de Bolonia.

b) Para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado correspondiente o el equivalente del Plan de Bolonia.

c) Para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: Título de Bachiller, Técnico o el equivalente del Plan de Bolonia.

d) Para el Cuerpo de Auxilio Judicial: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o el equivalente del Plan de Bolonia.

Además, los aspirantes a la Bolsa del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa deberán acreditar el conocimiento y práctica en el manejo de medios informáticos. Se considera acreditación suficiente, a tal efecto, el desempeño en los 3 últimos años, y durante un mínimo de dos meses, de puestos de funcionario interino en los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia o bien de Auxiliar o Administrativo en otra Administración, así como la superación de pruebas de manejo de medios ofimáticos en procesos selectivos para el ingreso en las Administraciones Públicas o la presentación del correspondiente título expedido por un centro de formación oficial.

Plazo y presentación de solicitudes:

Quienes deseen formar parte de las bolsas de trabajo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que se adjunta como anexo I a esta Resolución, que deberá presentarse durante todo el mes de abril en la Dirección General de Justicia e Interior, sita en la c/ Eduardo Herrera, "Herrerita", s/n, 2.ª planta, así como en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. La solicitud podrá recogerse en la propia Dirección General de Justicia e Interior, en los Decanatos de los Juzgados, Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, Fiscalías e Instituto de Medicina Legal de Asturias.

Documentación que deberán acompañar junto con la solicitud:

Los interinos que estén nombrados en el momento de la publicación de la convocatoria o durante el plazo de presentación de solicitudes, tendrán la obligación de presentar las correspondientes solicitudes a los cuerpos a los que quieran optar, incluido el cuerpo en el que estén prestando servicios si poseen la titulación exigida.

A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el acceso a cada Bolsa, conforme al artículo 6.1.

c) Fotocopia compulsada de los títulos acreditativos de los conocimientos en materia de informática, o certificado acreditativo de la experiencia en el desempeño de puestos, o certificado acreditativo de la superación de pruebas de manejo de medios ofimáticos en procesos selectivos para el ingreso en las Administraciones Públicas para el acceso a las bolsas que así lo requieran conforme al artículo 6.2.

d) Declaración del solicitante de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño del puesto de trabajo. Las personas discapacitadas deberán presentar el certificado de compatibilidad con las funciones que tenga atribuidas el Cuerpo para el que solicitan su inclusión en la bolsa, expedido por el órgano competente en la materia.

d) Las certificaciones acreditativas del número de ejercicios superados en las tres últimas convocatorias o, en su caso, sucesivas a la entrada en vigor de la presente Resolución, respecto del Cuerpo correspondiente de la bolsa a la que se opte, así como de la nota obtenida en cada uno de ellas serán certificadas de oficio.

f) Fotocopia compulsada de otras titulaciones alegadas a los efectos de valoración de méritos.

Estarán exentos de presentar los documentos aquellos aspirantes que provengan de la bolsa vigente al momento de entrada en vigor de la presente Resolución.

Criterios de valoración de méritos y ordenación de los aspirantes a integrar las bolsas de trabajo:

Los candidatos que reúnan las condiciones establecidas en los apartados anteriores serán seleccionados en función de sus méritos, cuya valoración determinará el puesto de cada uno en la bolsa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Resolución de 26 de noviembre de 2012 de la Consejería de Presidencia.

Aprobación y publicación de las bolsas de trabajo:

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración procederá a la baremación de los méritos y a la publicación de los listados provisionales de los seleccionados, en las que constará su nombre y apellidos, DNI, número de orden y puntuación obtenida en la Bolsa respectiva.

Los listados provisionales se publicarán en los tablones de la Dirección General de Justicia, en la página Web del Gobierno del Principado de Asturias www.asturias.es y en los lugares referidos en el número tercero del artículo 9 de la Resolución de 26 de noviembre de 2012 de la Consejería de Presidencia.

Los interesados tendrán diez días hábiles, desde la publicación de las listas provisionales, para efectuar reclamaciones ante el órgano convocante.

Finalizado el plazo previsto en el apartado anterior y resueltas las reclamaciones, la Comisión formulará la propuesta definitiva de la bolsa de selección de interinos que elevará a la Dirección General de Justicia e Interior para su aprobación que dispondrá su publicación en los mismos lugares indicados en el apartado 2 de este artículo.

Comunicación de la variación de los datos consignados en la solicitud:

El personal que integra la bolsa deberá comunicar a la Dirección General de Justicia e Interior, cualquier variación de los datos incluidos en su solicitud que afecten al lugar en el que deben hacerse las notificaciones y teléfono de contacto. El incumplimiento de esta obligación exonera a la Administración de cualquier responsabilidad por no poder nombrar a los integrantes de la lista ante la falta de respuesta de éstos a los requerimientos que se efectúen tomando como referencia la información no actualizada contenida en las solicitudes de inclusión.

Régimen provisional de nombramiento de interinos:

Mientras no sean aprobadas y publicadas las bolsas de trabajo definitivas con sujeción a las normas contenidas en esta Resolución, se seguirán nombrando funcionarios interinos al servicio de la Administración de Justicia de la última bolsa constituida por la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia.

Disponer la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estime oportuno.

Oviedo, 18 de marzo de 2013.—El Consejero de Presidencia.—Por delegación, el Director General de Justicia e Interior (Resolución de 18 de septiembre de 2012, BOPA n.º 224, de 26-IX-2012).—Cód. 2013-05474.

SALUDOS

PRIMERA FUERZA SINDICAL EN JUSTICIA A NIVEL NACIONAL


CSI  Defendiendo lo público

Central Sindical Independiente y de Funcionarios    Sector  Justicia   

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