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jueves, 22 de diciembre de 2011

CSIF insta a la Administración de Justicia a que abone las diferencias retributivas por incapacidad temporal

CSIF      JUSTICIA      INFORMA  

Tal y como ha denunciado la Central Sindical, la Administración de Justicia no ha asumido, pasados siete meses, su compromiso de abono de la diferencia retributiva a partir del séptimo mes de baja por incapacidad temporal



ALMERÍA.- La Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSI—F Almería, ha presentado ante la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía un escrito solicitando el pago de las diferencias retributivas por incapacidad temporal, tal y como se comprometió la Administración de Justicia hace siete meses en una Mesa Técnica.

En este sentido, CSI—F quiere poner de manifiesto que la Administración de Justicia se comprometió, en palabras de la propia directora general a que se abonaría la diferencia entre las retribuciones correspondientes a la MUGEJU y el Complemento Específico. Ante estas afirmaciones y compromiso, CSI—F preguntó expresamente, si, a efectos prácticos, el funcionario que supere los seis meses de incapacidad laboral, cobraría lo mismo que venía cobrando, a lo que se contesta que sería exactamente lo mismo.

Según lo prometido por la Administración, la nómina sería idéntica en cuanto a las retribuciones fijas y periódicas. CSI—F, en distintas ocasiones, ha solicitado información sobre la tramitación de esta situación, contestándoles que la Dirección General de Presupuestos no daba su "beneplácito" a la resolución que proponía la Dirección general de Oficina Judicial.

Lo cierto y real, es que transcurridos siete meses, la situación es la misma, por una cuestión burocrática que desde CSI—F no se entiende.

Muchos funcionarios se encuentran con una reducción bastante importante en sus nóminas, que en muchos casos, les supone un quebranto económico bastante importante, además de llevar enfermos durante mucho tiempo, más de seis meses.

Por lo anterior, CSI—F, como sindicato mayoritario en la Administración de Justicia y ante la pasividad de la administración, insta a la Dirección General para que se remuevan los obstáculos que impidan cumplir el compromiso adquirido y se dicte, de forma inmediata, la oportuna resolución que dé forma legal al compromiso adquirido por esa Administración en la mesa de 27 de mayo pasado; se proceda al abono inmediato de las diferencias retributivas, y ello con efectos retroactivos, desde la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo que dio lugar al compromiso citado.

Hasta tanto este compromiso se cumple, CSI—F aconseja a todos los que estén en esta situación que realicen la reclamación previa ante la delegación correspondiente, a fin de que luego no puedan alegar falta de esta reclamación a la hora de realizar el pago de lo debido.

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