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miércoles, 9 de noviembre de 2011

En justicia que prometen en campaña electoral?

CSIF      JUSTICIA      INFORMA   


PSOE

2.10 Reformar la Justicia en España

La reforma de la justicia en España ha sido, durante demasiado tiempo, una de nuestras grandes asignaturas pendientes. Los avances realizados en estos últimos cuatro años han sido muy importantes. Pero, sin duda, necesitamos una Justicia más ágil, más eficaz. Una Justicia más pegada a la realidad social y económica española.

Necesitamos, en un momento de crisis económica como el actual, que la Justicia sea un motor de crecimiento económico, antes que un freno. Para ello desarrollaremos las siguientes medidas:

! Daremos continuidad al esfuerzo para incrementar el número de jueces y fiscales, así como promoveremos una reforma de la planta judicial en consonancia con las necesidades actuales de la sociedad española, desarrollando las directrices señaladas por la Comisión nombrada al efecto en el año 2009.

! Reformaremos el actual sistema de acceso a la carrera judicial y fiscal.


• Adoptaremos un sistema de acceso que se fundamente más que en pruebas memorísticas, en la obtención de aprendizaje más contextual y analítico en el seno de la escuela judicial, a través del cual los futuros jueces y fiscales puedan abordar los problemas jurídicos que tienen que resolver de forma más actual. Un sistema engarzado por una parte con los estudios de postgrado y, por otra, con la realización de pruebas en los juzgados y con un período de prácticas de al menos un año bajo la supervisión de un juez titular. Ello permitirá al juez orientar su perfil profesional y solicitar, previa habilitación por una comisión plural nombrada al efecto, su incorporación como especialista a un determinado orden jurisdiccional.

• Queremos asegurar, además, que todos aquellos que, por mérito y capacidad estén en condiciones de acceder a la carrera judicial puedan hacerlo sin que el factor económico sea un elemento excluyente. Para ello, el sistema de acceso requiere una nueva regulación que garantice el principio de igualdad de oportunidades a través de becas y ayudas.

! Revisaremos el sistema de promoción en la carrera judicial y fiscal, fomentando la productividad de jueces y fiscales a partir de criterios objetivos, transparentes, y evaluables de manera independiente; y desarrollaremos los instrumentos necesarios para garantizar la responsabilidad de jueces y magistrados en el ejercicio de sus funciones.

! Se establecerá una lista de espera judicial de asuntos, que será pública. La ley determinará qué se considerará como lista de espera judicial excesiva. En esos casos, el titular del juzgado, o tribunal, elaborará un Plan para la reducción de su lista de espera judicial, y la Ley determinará los efectos que el eventual incumplimiento del Plan tendrá en el desarrollo de la carrera del juez y, en su caso, en términos de eventuales sanciones.democracia

! Aseguraremos que los jueces puedan dedicarse a la resolución de los procedimientos y a la garantía de los derechos de los ciudadanos, encomendando la instrucción penal al Ministerio Fiscal. Los jueces se convertirán así en los auténticos garantes de la investigación y de todo el proceso penal. Se creará la figura del "investigado", que será diferente de la del imputado y del procesado. Ningún ciudadano podrá ser imputado en una causa si no ha existido un proceso previo de investigación.

! Concluiremos la reforma de la legislación procesal española con el objetivo de simplificar los procedimientos judiciales y des-formalizarlos lo máximo posible.

Específicamente, procederemos a adoptar las siguientes medidas:

• Culminaremos el despliegue de la nueva oficina judicial (NOJ), que comporta una organización mucho más eficiente de los recursos al servicio de la justicia.

• Procederemos a una reforma en profundidad del sistema de seguridad jurídica preventiva (Notarios y Registrados), para evitar duplicidades, ahorrar costes a los ciudadanos, suprimir cargas burocráticas y sustituir el sistema de arancel por otro más acorde con el servicio público que se presta a los ciudadanos.

• Aprobaremos un nuevo Código de Comercio (el actual es de 1885) y la reforma del libro IV del Código Civil "De las obligaciones y contratos" (1889), con el fin de potenciar la unidad de mercado y favorecer y actualizar las reglas que ordenan el tráfico jurídico y mercantil.

• Aseguraremos que el proceso de implantación de las TIC en los Juzgados y Tribunales se completará en 2020, con el fin de que todos ellos estén interconectados por vía telemática. Como regla general, todas las comunicaciones entre juzgados y tribunales serán electrónicas. También como regla general, todas las comunicaciones entre juzgados y tribunales y ciudadanos serán por vía electrónica. Los ciudadanos conocerán el estado de su expediente judicial por vía telemática. Asimismo, en 2020 se producirá la interconexión completa por vía telemática entre los registros dependientes de los poderes públicos con competencias en materia de justicia con los de otros organismos y administraciones.

• Aplicaremos la reciente reforma del Registro Civil, que permitirá agilizar los trámites en relación con documentos esenciales para la vida de los ciudadanos.

! Nos comprometemos a impulsar el acuerdo necesario para restaurar el respeto de los plazos y condiciones que la Constitución fija para la renovación de todos los órganos constitucionales.

! Abordaremos, asimismo, la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial para adaptar la administración de justicia al Estado autonómico de acuerdo con las reformas de los Estatutos de Autonomía aprobados durante estas dos últimas legislaturas.


PP

5.2. Justicia ágil y previsible

DIAGNÓSTICO

La justicia es un poder del Estado, la garantía última de los derechos y libertades de los ciudadanos. La congestión de los juzgados y tribunales, la dilación en los pleitos y los retrasos e incidencias en la ejecución de las resoluciones judiciales constituyen la manifestación externa de carencias acumuladas en la justicia española que deben abordarse con determinación.

De la efectiva protección de los derechos e intereses de los ciudadanos depende la credibilidad del marco institucional, y la realización de la seguridad jurídica. La justicia es, además, un factor esencial de la competitividad y, también por eso, su mejora es prioritaria.

La producción legislativa ha perdido calidad, afectando a la seguridad jurídica y a la propia función del juez. La pluralidad de ordenamientos propia de la estructura territorial del Estado debe integrarse en un sistema cohesionado por la Constitución y sus leyes de desarrollo, así como por la doctrina del Tribunal Supremo como máximo órgano jurisdiccional.

Es necesario mejorar la eficiencia de nuestra organización judicial. La brecha tecnológica que separa a la administración de justicia de otras grandes áreas de gestión pública no es aceptable y ofrece grandes oportunidades de mejora.

La judicialización creciente del ordenamiento sancionatorio y de materias de orden económico-social ha supuesto una carga adicional a la administración de justicia en materias en las que su intervención no está siempre justificada.

OBJETIVOS

Modernizaremos la justicia y la adaptaremos a las necesidades sociales, económicas, tecnológicas y demográficas de la España de siglo XXI. Gestionaremos de forma eficiente los recursos para que la administración de justicia sea de verdad un servicio público de calidad.

Garantizaremos la seguridad jurídica a través de un marco normativo estable y una administración de justicia profesional, especializada y eficaz, que proporcione cohesión, igualdad y seguridad. El dinamismo de nuestra sociedad impone una mayor agilidad. Promoveremos el cumplimiento de los plazos establecidos por las leyes procesales, y propiciaremos el cumplimiento y puntualidad de los señalamientos.

Mejoraremos la selección, la formación y la carrera de jueces y magistrados, dotándoles de garantías de objetividad y competencia. Propiciaremos el respeto a su independencia e imparcialidad. Revisaremos nuestro modelo de planta y demarcación judicial para conseguir un reparto más equilibrado de la carga de trabajo.

Fortaleceremos el Consejo General del Poder Judicial.

El ministerio fiscal debe establecerse sin reservas como el defensor del interés público y promotor de la acción de la justicia en un sistema fundado en el principio de legalidad y abierto a la participación de los ciudadanos.

La nueva oficina judicial incorporará plenamente el componente tecnológico y asegurará la compatibilidad de los sistemas de gestión procesal. El objetivo ha de ser la homologación de la administración de justicia con las áreas de gestión pública de mayor desarrollo en la utilización de tecnologías de la información y la agilización de los procesos judiciales. Se reducirá el uso del papel en todas las fases de los procedimientos judiciales.

Haremos un análisis riguroso de aquellas materias que puedan ser excluidas del conocimiento de los jueces, de los plazos y procedimientos, y de los mecanismos de ejecución de las resoluciones.

MEDIDAS

01 Buscaremos los acuerdos necesarios para la modernización de la justicia a través de:

La reforma y simplificación de procedimientos, reforzando el principio de oralidad y revisando el sistema de recursos, cuantías y costas procesales.

La incorporación de los juicios rápidos al ámbito civil.

La promoción de la informatización plena y la interoperabilidad de los sistemas actuales de gestión procesal.

El desarrollo de la jurisdicción voluntaria mediante una ley específica.

La desjudicialización de determinadas materias sin menoscabo de las garantías ni de la eficacia sancionadora.

El fomento de la mediación y el arbitraje.

La extensión de las funciones de los fedatarios públicos en materias que no requieran intervención judicial.

El fortalecimiento de los títulos ejecutivos.

La mejora de la ejecución de las sentencias.

02 Promoveremos un cambio de modelo de la oficina judicial, que la haga eficaz, accesible y transparente para el justiciable, y que asegure la unidad de gestión en todos los órganos jurisdiccionales. Impulsaremos una agencia que articule un sistema informático único y permita el conocimiento inmediato en red de los datos judiciales y de los que constan en los registros públicos relacionados con la administración de justicia.

03 Promoveremos una nueva ley de enjuiciamiento criminal que agilice la instrucción, aclare la situación procesal de los justiciables e imprima celeridad a las actuaciones sobre la base de un modelo de instrucción con plazos tasados.

04 Aprobaremos un estatuto de la víctima, que contenga la relación de sus derechos, conocimiento de su situación procesal y acceso a la información, protección jurídica, y asistencia social y psicológica.

05 Reformaremos el sistema de penas del Código Penal, introduciendo la pena de prisión permanente revisable, la posibilidad de aplicación de medidas de seguridad postpenales, el cómputo de beneficios penitenciarios sobre cada una de las penas impuestas, y una nueva regulación de la multirreincidencia.

06 Promoveremos una reforma del jurado que impulse la confianza de los ciudadanos y los profesionales en la eficacia de una justicia moderna, que se inspirará en el modelo mixto o escabinado que responde a la tradición jurídica continental europea.

07 Propondremos una nueva ley de responsabilidad del menor y una ley reguladora de los servicios a la comunidad.

08 Diseñaremos una nueva regulación de las instituciones de protección y tutela jurídica a menores y discapacitados.

09 Presentaremos una ley de demarcación y planta judicial.

10 Fortaleceremos la función casacional del Tribunal Supremo.

11 Promoveremos la reforma del sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, para que, conforme a la Constitución, doce de sus veinte miembros sean elegidos de entre y por jueces y magistrados de todas las categorías.

12 Garantizaremos la independencia del ministerio fiscal, reforzando la intervención del Consejo Fiscal en nombramientos y ascensos, y centrando las fiscalías especiales en la persecución de la criminalidad organizada.


IU

8. PROPUESTAS PARA REFORMAR LA JUSTICIA

El sistema constitucional español ha sido incapaz de conseguir la independencia del Poder Judicial. La utilización partidista de órganos tan importantes como el Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial o el Fiscal General del Estado es tan clara que la crisis producida está minando la credibilidad de la propia Justicia. Es necesario garantizar la independencia del Poder Judicial:

• Reformar el sistema de elección del TC, CGPJ y del Fiscal General del Estado

• Atribución al Ministerio Fiscal de la Instrucción en el proceso penal.

• Regulación de un régimen de incompatibilidades y requisitos para garantizar que los vocales del Consejo General del Poder Judicial actúan de forma autónoma, sin vínculos ni relaciones de dependencia con otras instancias o poderes.

• El Consejo General del Poder Judicial tendrá como actuación prioritaria la defensa de la independencia de los jueces, mediante una regulación que proteja a los miembros de la judicatura que sean atacados en sus funciones de forma ilegítima. La corrección de esta situación obliga a reformar el sistema de elección de estos órganos. En el caso del Fiscal General del Estado, su elección y cese debería depender de las Cortes Generales. Se debería cambiar el modelo de Ministerio Fiscal, atribuyendo la instrucción al propio fiscal.

Otro problema constitucional respecto al diseño de la Justicia es la permanencia de Tribunales procedentes del franquismo, como la Audiencia Nacional y los Tribunales Militares, que deberían desaparecer y pasar sus atribuciones a la jurisdicción ordinaria.

Existe un rechazo corporativo de una parte importante de la judicatura, de ideología conservadora y a veces totalitaria, a la aplicación de la Justicia Universal y la presión que ejerce para mantener la impunidad de los crímenes franquistas. La persecución y clarificación de los crímenes el franquismo y la restitución del honor de las víctimas es un deber moral que tiene el Estado democrático.

Debe de regularse otra forma de acceso a la judicatura:

• Sustitución del Sistema clásico de acceso por oposición por un aprueba de acceso a la escuela judicial en la que los aspirantes accedan por examen en base a temario que no esté basado en ejercicios únicamente memorísticos y otros por medio de acreditación de méritos.

Existe un distanciamiento progresivo de la Justicia respecto a los ciudadanos que se concreta su opacidad y las dificultades que tiene el ciudadano para disponer de información y poder acceder a ella de forma directa, sin tener que contratar a un procurador o un abogado. Un problema añadido es la demora de los procedimientos por lo que imprescindible:

• Incrementar la ratio de jueces por habitante, para equipararla a la de los países de n uestro entorno.

Proponemos democratizar la Justicia y transformar su Administración en un servicio público transparente, ágil y de calidad, cercano al ciudadano. Tenemos que alertar sobre los planes de privatización y liquidación del derecho constitucional a la "justicia gratuita" que se suministra a través del Turno de Oficio.

Modificación de los mecanismos para el disfrute de la justicia gratuita y simplificación de los trámites para su concesión, con la finalidad de que no se prive del derecho fundamental a la tutela judicial a ningún ciudadano.


UPD

7 - JUSTICIA

299 - Recuperación por el Estado de la competencia exclusiva en materia de Justicia a fin de facilitar la homogeneidad de la estructura, coordinación y conexión entre todos los juzgados y tribunales españoles, y reducir el enorme gasto que ha producido la transferencia a las Comunidades Autónomas, once en la actualidad, de la gestión de parte de los medios materiales y humanos de la administración al servicio de la Justicia.

300 - Realizar un análisis riguroso de la situación y necesidades de la Administración de Justicia para determinar las reformas estructurales necesarias, la revisión de los sistemas retributivos y de inspección, así como la inversión precisa a fin de aproximarnos a la media europea tanto en presupuesto como en el número de jueces por habitantes y conseguir reducir los dilatados plazos de resolución de asuntos.

301 –Supresión de los juzgados especializados en violencia de género como tales, devolviendo al ámbito de la jurisdicción civil y penal estos asuntos y aprovechando la existencia de dichos juzgados y los medios personales y materiales con que cuentan para reforzar las necesidades de la planta judicial.

302 - Reforzar los medios para la efectiva ejecución de resoluciones judiciales a fin de lograr la satisfacción del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Para ello es necesario optimizar los recursos existentes de averiguación patrimonial y establecer mecanismos de supervisión de los trámites efectuados por el personal responsable de la ejecución.

303 - Modificación del Código Penal para poder inhabilitar, o suspender automáticamente, a los cargos públicos y representantes democráticamente elegidos que incumplan deliberadamente las resoluciones judiciales firmes o que, mediante cualquier publicación o declaración pública, se opongan a la observancia de las Leyes y resoluciones judiciales o inciten a su incumplimiento.

304 - Derogar la normativa procesal que, bajo términos como "agilización" o "modernización", suponga una restricción al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al suprimir o reducir la posibilidad de recurrir en apelación o casación, con la consiguiente inseguridad jurídica derivada de disparidad de criterios, incluso en la misma provincia, y el consiguiente incremento de la litigiosidad.

305 - Medidas para reducir la litigiosidad:

306 - Promover el uso de un lenguaje más claro y sencillo en el ámbito judicial en su relación con los ciudadanos, de modo que los procedimientos judiciales sean fácilmente comprensibles sin necesidad de asesoría profesional, y facilitar mecanismos de información sobre el desarrollo de los procedimientos.

307 - Acabar con la proliferación normativa injustificada y con las reformas efímeras de leyes que precisan estabilidad para potenciar la seguridad jurídica y consolidar criterios jurisprudenciales. En definitiva: "pocas leyes, claras y que se cumplan".

308 - Fomentar el derecho preventivo o asesoramiento previo a la asunción de derechos y obligaciones, particularmente por parte de los consumidores, reforzando el papel asesor del notario en aquellos negocios jurídicos que requieran su intervención.

309 - Fomentar los pactos reguladores de las consecuencias de las rupturas de pareja a fin de reducir la conflictividad y los problemas derivados de la coexistencia de diferentes sistemas de derecho civil en nuestro país, que en muchos casos exceden claramente las facultades constitucionales de las Comunidades Autónomas.

310 - Promulgar una Ley de Mediación introduciendo los incentivos necesarios para fomentar su uso, siempre voluntario, adaptado a los distintos ámbitos: familiar, civil, mercantil y penal.

311 - Modificar la Ley de Arbitraje para limitar el control judicial de la cláusula arbitral a las nulidades patentes, con una tasa específica para el caso de que se pretenda acudir a la jurisdicción ordinaria.

312 - Promulgar una Ley de Jurisdicción Voluntaria que atribuya competencias no inherentes a la función jurisdiccional a Notarios y Registradores.

313 - Modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para fortalecer los títulos ejecutivos como medio de aligerar los procedimientos y evitar la fase declarativa en muchos supuestos no justificados, extendiendo el carácter ejecutivo de la escritura pública en la línea seguida por los países de nuestro entorno.

314 - Incrementar las multas en casos de actuaciones judiciales realizadas con mala fe procesal o ánimo dilatorio, o que impliquen una indebida utilización de recursos de la Administración de Justicia.

315 – Penalización del negacionismo de cualquier genocidio o crimen terrorista, tal y como ocurre en nuestro país con aquellos partidos políticos o asociaciones afines a la banda terrorista ETA que continuamente utilizan expresiones como presos "políticos" o violencia "política" para referirse a los miembros o a la actividad de la citada banda terrorista, como si sus crímenes no hubieran existido.

316 – Estudiar la inclusión en el Código Penal de un nuevo delito de administración desleal de autoridades y cargos públicos que, en el ejercicio de sus funciones públicas, causen, por acción u omisión, al Estado o a los ciudadanos que representan un perjuicio económicamente evaluable, bien por la infracción de las normas que regulan el ejercicio de su actividad, bien por la adopción de decisiones susceptibles de haberse evitado con la diligencia mínima exigible a su cargo, materializadas en actos, gastos o inversiones manifiestamente innecesarios o desproporcionados o motivados por espurias razones ajenas a la rentabilidad económica, al servicio público o el bienestar de los ciudadanos.

317 – Derogación de la LO 12/2011 que modifica la LOPJ para que los jueces, fiscales y secretarios judiciales con cargos públicos puedan retornar en el futuro a su carrera sin perder antigüedad y con el privilegio de tener preferencia a la hora de elegir destino.

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