Páginas

Google Website Translator Gadget

miércoles, 22 de junio de 2011

El Congreso convalida el decreto de negociación colectiva y acuerda tramitarlo como proyecto de ley

 CSIF               JUSTICIA INFORMA


El Congreso de los Diputados aprobó hoy la convalidación el Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva, defendido ante el Pleno de la Cámara por el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez.
El decreto fue convalidado por 169 votos a favor, 159 en contra y 20 abstenciones. Además, la Cámara Baja acordó la tramitación del Real Decreto-ley como un proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, de forma que  los diferentes grupos parlamentarios podrán introducir enmiendas. El resultado de la votación fue de 346 votos a favor y una abstención. El Real Decreto-ley estará en vigor en los términos que se aprobó en el Consejo de Ministros hasta que la Cámara Baja la apruebe definitivamente.
El Gobierno explica en el texto del Real Decreto-Ley que, desde el pasado mes de febrero hasta mayo, CEOE, CEPYME, CC.OO. y UGT desarrollaron un intenso proceso de negociación bipartita para la reforma de la negociación colectiva. El Gobierno, indica el texto, ha respetado el espacio de negociación que se habían reservado las partes e, incluso, ha atendido las peticiones de un plazo más amplio del previsto por la reforma laboral ante la expectativa de que las negociaciones terminaran en un acuerdo bipartito, algo que finalmente no se ha producido.
Ante esta situación, el Gobierno ha considerado que la reforma de la negociación colectiva no puede esperar más tiempo y en ejercicio de las responsabilidades que le corresponden y de su iniciativa legislativa constitucionalmente reconocida, ha aprobado este real decreto-ley de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva.
Esta norma pretende, en primer lugar, favorecer una mejor ordenación de la negociación colectiva, propiciando que esté más cercana a la empresa más adaptada a la situación de cada concreto sector de actividad económica. En segundo lugar, persigue introducir mayores niveles de dinamismo y agilidad, tanto en los procesos de negociación de los convenios colectivos como en sus contenidos, de manera que se adapte mejor a los cambios en la situación económica y sociolaboral.
Por último, aspira a adaptar el sistema de negociación colectiva a las nuevas realidades empresariales que actúan en el  mercado de trabajo español, incluyendo nuevas reglas de legitimación para la negociación de los convenios colectivos y para favorecer la flexibilidad interna negociada con los representantes de los trabajadores.
Para conseguir estos objetivos, la norma contiene siete artículos que modifican, principalmente, diversos preceptos del título III del Estatuto de los Trabajadores referido a la negociación colectiva y los convenios colectivos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario