En relación al 4º punto derivado del cumplimiento de la sentencia de 17 de julio de 2009 dictada por el Tribunal Supremo en el recurso 164/2007 interpuesto por la asesoría jurídica de CSIF y dado que se han observado que en algunas nóminas no se han abonado los restrasos correspondientes al cuarto punto del año 2009, el Ministerio de Justicia nos ha informado que la orden, era el abono de los tres años hasta septiembre de 2009 y ante cualquier error que pudiera haberse observado en dichas nóminas se corregirá en la nomina del mes de noviembre.
viernes, 22 de octubre de 2010
CUARTO PUNTO RETRASOS 2009 TERRITORIO MJU
CSI●F JUSTICIA INFORMA
En relación al 4º punto derivado del cumplimiento de la sentencia de 17 de julio de 2009 dictada por el Tribunal Supremo en el recurso 164/2007 interpuesto por la asesoría jurídica de CSIF y dado que se han observado que en algunas nóminas no se han abonado los restrasos correspondientes al cuarto punto del año 2009, el Ministerio de Justicia nos ha informado que la orden, era el abono de los tres años hasta septiembre de 2009 y ante cualquier error que pudiera haberse observado en dichas nóminas se corregirá en la nomina del mes de noviembre.
En relación al 4º punto derivado del cumplimiento de la sentencia de 17 de julio de 2009 dictada por el Tribunal Supremo en el recurso 164/2007 interpuesto por la asesoría jurídica de CSIF y dado que se han observado que en algunas nóminas no se han abonado los restrasos correspondientes al cuarto punto del año 2009, el Ministerio de Justicia nos ha informado que la orden, era el abono de los tres años hasta septiembre de 2009 y ante cualquier error que pudiera haberse observado en dichas nóminas se corregirá en la nomina del mes de noviembre.
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