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miércoles, 4 de julio de 2012

El futuro Código Mercantil constará de 1.600 artículos

CSIF               JUSTICIA      INFORMA  


Dividido en un Título Preliminar y siete Libros, incorporará más de 50 tipos de contrato regulados en ley por primera vez.

El futuro Código Mercantil, que sustituirá al actual Código de Comercio de 1885, que está a punto de ser concluido por la Comisión de Codificación del Ministerio de Justicia, contendrá un total de 1.600 artículos y estará dividido en un Título Preliminar y siete Libros.

El Primero contendrá la regulación sobre El empresario y la empresa; el Segundo versará sobre Sociedades mercantiles y en su seno se fusionarán la Ley de Modificaciones Estructurales con la de Sociedades de Capital. El Tercero se destinará a la regulación de la competencia y La propiedad industrial; el Cuarto tratará de Las obligaciones y contratos mercantiles en general; para en el Quinto regular sobre los Contratos mercantiles en particular, en el que se incluyen del orden de 600 artículos y medio centenar de nuevos tipos contractuales, que se regulan por primera vez por Ley, aunque ya eran utilizados en la práctica (contratos financieros, de distribución servicios electrónicos, automáticos, en subasta, etc.). En el Sexto libro se regularán los Títulos valores; y, finalmente en el Séptimo se tratan La prescripción y la caducidad.

Realidades contractuales

"No todo lo que se incluye en el Futuro Código Mercantil será nuevo, sino que se incluyen muchas leyes que están ya en vigor, aunque matizándolas en algún punto, y las nuevas realidades contractuales", explicó ayer aelEconomista, el catedrático de Derecho Mercantil y miembro de la Comisión de Codificación Alberto Bercovitz.

Más que una reforma es un "Código absolutamente nuevo"

Es un especialista que, aparte de participar en la elaboración del Código Mercantil, colaboró, entre otras muchas, en las ponencias del Código de Sociedades Mercantiles y del anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

"Se trata de una regulación única para un mercado único desde el punto de vista de los operadores de mercado, pero modernizando, además, el Código Mercantil, aunque no es una reforma sino un Código absolutamente nuevo por la visión de conjunto y por su contenido bastante novedoso", añade Alberto Bercovitz

Sobre la propiedad industrial, el Código Mercantil ha optado por incluir normas básicas comunes manteniendo la regulación específica de cada una de las áreas, al tratarse de una ley transversal. Lo mismo que ocurre en el Libro Sexto, en el que se han incluido aspectos de la Ley Cambiaria junto con normas que regulan el empleo de las tarjetas de pago.

El Código de Comercio fue un encargo expreso del exministro Juan Fernando López Aguilar a la Comisión de Codificación del Ministerio de Justicia, en el año 2006. Desde entonces, este equipo de trabajo está trabajando sobre el futuro texto, ya que los ministros posteriores (Fernández Bermejo, Caamaño Domínguez y Ruiz Gallardón) han asumido el proyecto.

A este respecto, Bercovitz señala que "cuando se lo presenté a Ruiz Gallardón le encantó, ya que desde un punto de vista político le viene muy bien a él y al PP, ya que la finalidad fundamental del Código es delimitar claramente la legislación que regula las operaciones en el mercado único que es España. Es decir, es la unidad de mercado, que impone la Constitución, y vinculada a esa unidad de mercado atribuye la competencia exclusiva en Derecho Mercantil al Estado".

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