Sentencia T.J.U.E. de 18 de octubre de 2011
Cooperación judicial: Ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Denegación de ejecución: Interpretación normativa; el tribunal que debe pronunciarse sobre el recurso presentado contra la resolución sobre la solicitud de ejecución no puede denegar o revocar el otorgamiento de la ejecución por un motivo distinto a los establecidos en el Reglamento correspondiente, como la ejecución de la referida resolución en el Estado miembro de origen.
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